PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL CONTADOR PUBLICO
Desarrollo caso de conducta ética
La empresa de productos de
belleza y centro estético Mariga quien posee un revisor fiscal se entera de que
uno de los asistentes de este tiene una relación sentimental con la contadora
de la entidad
Siendo de total evidencia que, frente a las
conductas éticas, se presentan amenazas y salvaguardas
Donde como Amenaza en este caso se
presentan amenazas de interés propio y de familiaridad, debido a
que la cercanía del asistente con el contador de su cliente puede afectar la
objetividad con la que el revisor fiscal realiza su trabajo.
Según los principios éticos del contador público en este caso frente a las
conductas se evidencia la falta de:
1.
INTEGRIDAD
Un contador debe mantener intacta
su integridad moral, en cualquiera que sea el campo de su ejercicio
profesional.
La integridad lleva implícitos valores como la
rectitud, dignidad y honestidad, mismas que deben estar presentes en todo
momento dentro de su labor.
Dentro de este principio también
se contempla la lealtad, conciencia moral, veracidad y justicia.
2.
OBJETIVIDAD
Se entiende por objetividad a la acción de expresar
la realidad tal cual, es decir, sin ninguna clase de alteración.
En el ámbito de un contador público, representa
la imparcialidad y actuación sin prejuicios en todos los asuntos que
corresponden al campo de acción profesional.
La objetividad se vuelve indispensable cuando se
trata de dictaminar, certificar y opinar sobre los estados financieros de
terceros.
3.
INDEPENDENCIA
Este principio se refiere a la
independencia mental y criterio que debe tener un contador público dentro
de su ejercicio profesional.
Los trabajos para atestiguar están planeados para
enriquecer el grado de confianza de los probables usuarios sobre el resultado
de la evaluación o medición de una materia.
Debe ser capaz de reconocer y evitar cualquier
interés que atente contra los principios de integridad y
objetividad y encaminar su ejercicio a que actúe o colabore en el mismo
sentido.
Por tanto, en cuanto a la salvaguarda, aquella podría consistir en
apartar a este asistente del encargo y delegar sus funciones a otro.
Por ende, la medida que se puede tomar al detectar
esta amenaza contra el cumplimiento de uno o varios de los principios éticos,
tiene el objetivo de reducir o eliminar dicha amenaza.
4. RESPONSABILIDAD
Como
principio de ética profesional, está implícito en todo código de ética
profesional y código de conducta para contadores, y es conveniente y razonable
mencionarlo explícitamente como principio de las actividades contables en todos
los niveles.
El
contador público debe contratar únicamente para trabajos para los cuales él o
sus colegas o colaboradores tengan la competencia e idoneidad necesarias para
desempeñar eficaz y satisfactoriamente los servicios que emprenda, y está
obligado a actualizar los conocimientos necesarios para su desempeño
profesional, especialmente en forma conjunta. es bueno y una condición
necesaria para el progreso socioeconómico.
5. CONFIDENCIALIDAD O
SECRETO PROFESIONAL
6.OBSERVANCIA DE LAS DISPOSICIONES
NORMATIVAS
Los
contadores públicos deben desempeñar su trabajo de manera efectiva de
conformidad con los reglamentos profesionales promulgados por el estado y la
aplicación de los procedimientos adecuados establecidos formalmente por el
Comité Técnico de Contabilidad Pública.
Además,
deberá cumplir con los consejos que reciba de sus clientes o de los
funcionarios competentes de las entidades que requieran de sus servicios,
siempre que dichos consejos sean consistentes con los principios de integridad,
objetividad e independencia, así como con otros principios y normas de ética
aplicables en las circunstancias Normativas y reglas formales de conducta y
acción.
7. COMPETENCIA Y
ACTUALIZACION PROFESIONAL
El Contador Público solo deberá contratar
trabajos para lo cual él o sus asociados o colaboradores cuenten con las
capacidades e idoneidad necesaria para que los servicios comprometidos se
realicen en forma eficaz y satisfactoria.
8. DIFUSIÓN Y COLABORACIÓN
El Contador Público tiene la obligación de
contribuir, de acuerdo con sus posibilidades personales, al desarrollo,
superación y dignificación de la profesión.
9. RESPETO ENTRE
COLEGAS
Los
contadores públicos deben abstenerse de realizar acciones que influyan un impacto
negativo en la reputación profesional. A tal fin, el contador público debe
tener siempre presente que la sinceridad, la buena voluntad y la lealtad a sus
colegas son condiciones fundamentales para el ejercicio libre y honesto de la
profesión y para la convivencia pacífica, amistosa y cordial de sus miembros;
así como en las relaciones con clientes, terceros y el público.
10. CONDUCTA ETICA
El
contador público debe abstenerse de cualquier conducta que pueda afectar negativamente
la buena reputación o dañar de cualquier forma la reputación de la profesión,
teniendo en cuenta que, por las funciones sociales inherentes a su profesión,
la importancia del papel del contador como experto que le asigne la sociedad, y
Buscar la verdad de manera totalmente objetiva.
https://www.gestiopolis.com/codigo-etica-profesional-contador-publico/
https://www.oas.org/juridico/spanish/mesicic3_blv_codigo2.pdf
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