PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL CONTADOR PUBLICO

 

Desarrollo caso de conducta ética

 





La empresa de productos de belleza y centro estético Mariga quien posee un revisor fiscal se entera de que uno de los asistentes de este tiene una relación sentimental con la contadora de la entidad





Siendo de total evidencia que, frente a las conductas éticas, se presentan amenazas y salvaguardas

Donde como Amenaza en este caso se presentan amenazas de interés propio y de familiaridad, debido a que la cercanía del asistente con el contador de su cliente puede afectar la objetividad con la que el revisor fiscal realiza su trabajo.





Según los principios éticos del contador público en este caso frente a las conductas se evidencia la falta de:

1. INTEGRIDAD

Un contador debe mantener intacta su integridad moral, en cualquiera que sea el campo de su ejercicio profesional.

La integridad lleva implícitos valores como la rectitud, dignidad y honestidad, mismas que deben estar presentes en todo momento dentro de su labor.

Dentro de este principio también se contempla la lealtad, conciencia moral, veracidad y justicia.





2. OBJETIVIDAD

Se entiende por objetividad a la acción de expresar la realidad tal cual, es decir, sin ninguna clase de alteración.

En el ámbito de un contador público, representa la imparcialidad y actuación sin prejuicios en todos los asuntos que corresponden al campo de acción profesional.

La objetividad se vuelve indispensable cuando se trata de dictaminar, certificar y opinar sobre los estados financieros de terceros.





3. INDEPENDENCIA

Este principio se refiere a la independencia mental y criterio que debe tener un contador público dentro de su ejercicio profesional.

Los trabajos para atestiguar están planeados para enriquecer el grado de confianza de los probables usuarios sobre el resultado de la evaluación o medición de una materia.

Debe ser capaz de reconocer y evitar cualquier interés que atente contra los principios de integridad y objetividad y encaminar su ejercicio a que actúe o colabore en el mismo sentido.





Por tanto, en cuanto a la salvaguarda, aquella podría consistir en apartar a este asistente del encargo y delegar sus funciones a otro.





Por ende, la medida que se puede tomar al detectar esta amenaza contra el cumplimiento de uno o varios de los principios éticos, tiene el objetivo de reducir o eliminar dicha amenaza.

4. RESPONSABILIDAD

 


 

 

 

 

 

Como principio de ética profesional, está implícito en todo código de ética profesional y código de conducta para contadores, y es conveniente y razonable mencionarlo explícitamente como principio de las actividades contables en todos los niveles.

El contador público debe contratar únicamente para trabajos para los cuales él o sus colegas o colaboradores tengan la competencia e idoneidad necesarias para desempeñar eficaz y satisfactoriamente los servicios que emprenda, y está obligado a actualizar los conocimientos necesarios para su desempeño profesional, especialmente en forma conjunta. es bueno y una condición necesaria para el progreso socioeconómico.

 

5. CONFIDENCIALIDAD O SECRETO PROFESIONAL

 


 

 La relación entre los contadores públicos y los usuarios de sus servicios es un elemento esencial de la práctica profesional. Para que la referida relación tenga pleno éxito, debe basarse en un compromiso responsable, leal y sincero al que deben imponerse las más estrictas reservas profesionales.

 

6.OBSERVANCIA DE LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS




Los contadores públicos deben desempeñar su trabajo de manera efectiva de conformidad con los reglamentos profesionales promulgados por el estado y la aplicación de los procedimientos adecuados establecidos formalmente por el Comité Técnico de Contabilidad Pública.

 

Además, deberá cumplir con los consejos que reciba de sus clientes o de los funcionarios competentes de las entidades que requieran de sus servicios, siempre que dichos consejos sean consistentes con los principios de integridad, objetividad e independencia, así como con otros principios y normas de ética aplicables en las circunstancias Normativas y reglas formales de conducta y acción.

7. COMPETENCIA Y ACTUALIZACION PROFESIONAL




El Contador Público solo deberá contratar trabajos para lo cual él o sus asociados o colaboradores cuenten con las capacidades e idoneidad necesaria para que los servicios comprometidos se realicen en forma eficaz y satisfactoria.

8.  DIFUSIÓN Y COLABORACIÓN



 

 El Contador Público tiene la obligación de contribuir, de acuerdo con sus posibilidades personales, al desarrollo, superación y dignificación de la profesión.

9. RESPETO ENTRE COLEGAS


 


Los contadores públicos deben abstenerse de realizar acciones que influyan un impacto negativo en la reputación profesional. A tal fin, el contador público debe tener siempre presente que la sinceridad, la buena voluntad y la lealtad a sus colegas son condiciones fundamentales para el ejercicio libre y honesto de la profesión y para la convivencia pacífica, amistosa y cordial de sus miembros; así como en las relaciones con clientes, terceros y el público.

 

10. CONDUCTA ETICA





El contador público debe abstenerse de cualquier conducta que pueda afectar negativamente la buena reputación o dañar de cualquier forma la reputación de la profesión, teniendo en cuenta que, por las funciones sociales inherentes a su profesión, la importancia del papel del contador como experto que le asigne la sociedad, y Buscar la verdad de manera totalmente objetiva.

https://www.gestiopolis.com/codigo-etica-profesional-contador-publico/

https://www.oas.org/juridico/spanish/mesicic3_blv_codigo2.pdf

 

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